La DIAN explica por qué los vehículos venezolanos internados en 2019 no pueden salir más allá de Norte de Santander.

 Importación de vehículos no aplica para registrados

Tras el cierre de la frontera en 2015, los vehículos venezolanos que quedaron atrapados fueron objeto de una internación.

Hace años era común que quienes tenían un carro o moto con placa venezolana, en Norte de Santander, condujeran fuera del departamento, solo con una autorización expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y el pago del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) por tres meses.

La directora de la Seccional de Aduanas de Cúcuta, Mariela Alzate, conversó con La Opinión, para aclarar dudas sobre este tema, teniendo en cuenta que en 2019 se hizo la internación de 62.000 carros y motos venezolanos y que pagan ahora un impuesto anual.

¿Cómo hace un turista venezolano para ingresar con su carro venezolano?

1. Debe hacer la importación temporal, siguiendo la norma establecida (ver paso a paso).

2. La norma establece un plazo de hasta seis meses, prorrogable por un período igual.

3. ¿Por cuánto tiempo se puede hacer la importación? Luego de ese año, ¿qué se puede hacer?

Depende de la permanencia que le otorgue Migración Colombia a la persona; si ese organismo le alarga su estadía en el país, con esa misma prórroga puede solicitar la extensión de su importación temporal.

4. ¿Tiene un costo?

Nunca ha existido un pago establecido, porque la importación temporal no tiene tributos aduaneros. El único costo es el del SOAT, el cual exigen las autoridades de tránsito.

5. Él tiene que estar residenciado en Venezuela o en el exterior y hacer el trámite como el turista extranjero, pero debe presentar una carta o certificación de residencia firmada o visada por un cónsul colombiano en donde habita.

6. No aplica, porque el registro se hizo en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo (UEDF) y, bajo esta figura, el colombiano le indicó a la autoridad que es residente en el país y que su vehículo solo puede circular por el departamento al que pertenece esa UEDF.

La norma aduanera prohíbe a quienes residen en Colombia ser beneficiarios de la importación temporal. Por lo tanto, no hay un reglamento que les permita ir más allá de Norte de Santander.

7. Antes, los colombianos que vivían en la región y viajaban fuera con su vehículo venezolano, podían hacerlo porque demostraban su residencia en Venezuela, pese a vivir aquí...

Se puede decir que sí, lo que pasa es que ahora tenemos muchos más elementos de control, por ejemplo el RUT (Registro Único Tributario), mediante el cual se verifica si esa persona es declarante de impuestos, lo cual demuestra que reside acá, sea colombiano o venezolano.

¿Qué pasa si el carro venezolano no registrado se moviliza sin el trámite de importación temporal?

8. ¿Cómo hace el colombiano con carro o moto venezolana? ¿Aplica para los vehículos venezolanos internados?

Con la reapertura de la frontera, ambos gobiernos establecieron que los carros venezolanos no internados solo se mueven por Cúcuta, Los Patios y Villa del

Rosario. Si la Policía de Tránsito halla un vehículo extranjero más allá sin tener la importación temporal, entra la DIAN o la Polfa y practica la aprehensión y el propietario pierde su auto o moto.

9. ¿Se puede legalizar el vehículo tras la aprehensión?

La norma establece que solo se pueden importar vehículos último modelo. Y para ingresar a territorio colombiano necesitan tener una serie de vistos buenos previo a la importación (homologación, prueba dinámica…), por lo que, una vez aprehendido, se puede tener esos vistos buenos y no podría legalizarlo ni importarlo.

¿Ha habido aprehensiones?

10. No tenemos estas estadísticas, pero esa una información de reserva de la entidad.

11. En caso contrario, ¿si el colombiano con carro colombiano quiere ir a Venezuela?

Debe ir al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) a solicitar la importación temporal.

Paso a paso para la importación temporal

1Alistar los requisitos: Documento de identificación del propietario o responsable del medio de transporte. • Documento de propiedad del vehículo o contrato de arrendamiento consularizado.

Aportar las improntas que identifican el medio de transporte, las cuales pueden ser tomadas por la autoridad aduanera. En el caso de que no cuenten con improntas, se exigirá cualquier otra identificación que permita individualizar el bien.

Autorización de ingreso por parte de la autoridad migratoria de Colombia.

Tarjeta de ingreso, libreta o carné de paso, tríptico, o cualquier otro documento internacionalmente reconocido o autorizado en convenios o tratados públicos de los cuales Colombia haga parte.

Para colombianos residentes en el exterior, la carta de residencia expedida por el cónsul de Colombia en el país de residencia o la visa de residente vigente. Presentar la solicitud de importación temporal en el link https://webazure.dian. gov.co/importacionestemporales/validate-email. O: Ingresar a https://www.dian.gov. co/.

Dar clic en opción ‘Trámites y servicios’.

Seleccionar ‘Trámites aduaneros’. Escoger ‘Selección temporal de medios de transporte de turistas’. Ingresar al subrayado ‘Sistema importación temporal de medios de transporte’.

Llenar con los datos correspondientes.

Al ingresar el vehículo al país, en el caso de Norte de Santander, se recomienda hacerlo por el puente Atanasio Girardot, en donde están las oficinas de la DIAN y Migración juntas, por lo que es más fácil el sellado y la revisión de los documentos.

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