La Procuradora General de la Nación,
Margarita Cabello Blanco, ha tomado una decisión de gran importancia en
relación con los derechos de los menores de edad adoptados que desean viajar
fuera del país. En un concepto rendido ante la Corte Constitucional, Cabello
Blanco afirmó que exigir una copia de la sentencia de adopción para certificar
el parentesco civil de los menores es inconstitucional y discriminatorio.
Según la Procuradora, esta exigencia va en
contra de la prohibición de discriminación por motivos familiares establecidos
en la Constitución y crea un trato desigual basado en un criterio sospechoso de
segregación. La Corte Constitucional ha sostenido que todos los hijos,
independientemente de su origen filial, tienen los mismos derechos y
obligaciones.
Cabello Blanco argumenta que requerir la
presentación de la sentencia de adopción es arbitraria, ya que expone a las
familias a divulgar información privada innecesariamente. El registro civil
sería suficiente para verificar el parentesco y permitir la salida del país de
los menores, sin necesidad de conocer el contenido de la sentencia de adopción.
La Procuradora también destaca que esta
norma puede violar la intimidad de los menores y sus familias, ya que un funcionario
podría acceder a información personal e íntimamente sin motivo legítimo, lo que
podría causar aflicción y dolor innecesario.
En resumen, Margarita Cabello Blanco sostiene que el requerimiento de la sentencia de adopción con la constancia de ejecutoria para la salida del país de menores de edad con parentesco civil es una medida arbitraria que atenta contra el derecho a la intimidada personal. Esta decisión tiene implicaciones significativas para la protección de los derechos de los menores adoptados que desean viajar, y plantea importantes cuestiones sobre la privacidad y la igualdad de derechos.
Foto sacada de Internet
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