Controles para Garantizar la Emisión de Facturas en Estaciones de Servicio EDS

La Secretaría de Hacienda del departamento ha lanzado una campaña para garantizar que todas las estaciones de servicio (EDS) cumplan con la obligación de emitir facturas a sus clientes al momento de tanquear sus vehículos. Aunque no todas las EDS están legalmente obligadas a hacerlo, se han recibido denuncias que indican que muchas de las que sí lo están no están cumpliendo con esta normativa, lo que podría resultar en multas por parte de la DIAN.

El Secretario de Hacienda del departamento, Sergio Entrena, ha enfatizado la importancia de exigir la factura al surtir combustible, no solo para proteger los derechos de los consumidores, sino también para combatir la evasión de impuestos. Entrena señaló que esta campaña se inició en respuesta a las denuncias ciudadanas y con el objetivo de establecer claros lineamientos sobre esta obligación legal.

Sin embargo, la directora ejecutiva de la Asociación de Estaciones de Servicio de Norte de Santander (Asesnort), María Eugenia Martínez, ha refutado las denuncias, asegurando que las EDS del área metropolitana de Cúcuta están equipadas para emitir facturas de manera efectiva. Martínez destacó que las estaciones están sujetas a múltiples controles por parte de diferentes entidades gubernamentales y que es obligatorio para ellas cumplir con esta normativa.

A pesar de las afirmaciones de Martínez, la DIAN ha recordado la obligación de las estaciones de servicio, tanto personas jurídicas como naturales con ingresos anuales superiores a 3.500 UVT, de emitir facturas. Esto es crucial para garantizar la transparencia en las transacciones y combatir la evasión fiscal.

La falta de emisión de facturas por parte de las EDS no solo afecta a los consumidores y al erario público, sino que también genera un clima de desconfianza y opacidad en el sector. Es fundamental que las autoridades continúen con los controles y las campañas de concientización para asegurar el cumplimiento de esta obligación legal y promover la transparencia en el comercio de combustibles.

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¿Qué dice la DIAN al respecto?
El artículo 88 de la resolución 000042 con fecha del 05-05-2020 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) hace referencia a la obligación que tienen las estaciones de servicio con entregar facturas. La DIAN respondió con relación al tema de facturación que si una gasolinera de persona natural que tenga ingresos anuales inferiores a 3.500 UVT ($164.727.500), no sería responsable de facturar. Sin embargo, si son de personas jurídicas son obligados a facturar, así como las naturales que superen las 3.500 UVT. Pueden facturar con POS hasta 5 UVT y de forma electrónica cuando lo exija el comprador o cuando supere las 5UVT, es decir, $235.325.

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