La Constitución Política de Colombia de 1991 en su artículo 190 establece el mecanismo de primera y segunda vuelta presidencial el cual funciona de la siguiente manera:
Primera Vuelta: En la elección presidencial del 31 de mayo de 2026, de 8:00 AM a 4:00 PM, los ciudadanos votaran por la fórmula (presidente y vicepresidente) de su preferencia. Para ganar en la primera vuelta las candidaturas deben obtener el 50% de los votos válidos + 1.
Sobre El Voto En Blanco: En la tarjeta electoral de la primera vuelta se puede votar en blanco y si este obtiene una votación igual o superior al 50%+1 de los votos válidos, la elección se declara desierta y se debe convocar a nuevas elecciones en las cuales no podrán presentarse las mismas candidaturas que se presentaron en la votación anterior.
Segunda Vuelta: Si ninguna fórmula (presidente y vicepresidente) obtiene más del 50% +1 de los votos válidos en la primera vuelta, se celebrará una nueva votación que tendrá lugar tres semanas más tarde (el día 21 de junio de 2026, de 8:00 AM a 4:00 PM), en esta participarán únicamente las dos fórmulas presidenciales que obtengan la mayor votación en la primera vuelta, y ganará la fórmula que obtenga el mayor número de votos válidos.
Ganadores de la segunda vuelta: La fórmula ganadora de la segunda vuelta serán declarados presidente y vicepresidente de Colombia.
ESTO ES MUY IMPORTANTE Y SE TRATA DE LA APLICACIÓN DEL ESTATUTO DE LA OPOSICIÓN:
La fórmula (presidente y vicepresidente) que obtenga el segundo lugar una vez se definan las elecciones (ya sea si se define la elección en primera vuelta el 31 de mayo o en segunda vuelta el 21 de junio de 2026) tendrán derecho a ocupar una curul en el Senado de la República (para el candidato o candidata presidencial) y una curul en la Cámara de Representantes (para el candidato o candidata a la vicepresidencia). Esto gracias a la aplicación de la ley del Estatuto de Oposición (Ley 1909 de 2018) la cual otorga el derecho a la oposición para quienes ocupen el segundo lugar en las elecciones presidenciales
1. El día 31 de mayo de 2026, dirígete a tu puesto de votación en el horario habilitado para votar entre las 8:00 am y las 4:00 pm.
2. Presenta tu cédula de ciudadanía para votar, solo será posible ejercer el derecho al voto presentando este documento original.
3. Marca tu voto en la tarjeta electoral, ejerce tu derecho al voto de manera libre, secreta, universal e igualitaria.
4. Deposita tu voto en la urna dispuesta por los jurados de votación.
5. Reclama tu documento de identidad y tu certificado electoral el cual te brinda incentivos por el ejercicio del voto según la ley 403 de 1997
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