¿Puede entrar la Policía a una universidad? El Gobierno anuncia un protocolo y reabre una vieja disputa en Colombia

ORDEN PÚBLICO Y AUTONOMÍA UNIVERSITARIA

El presidente Abelardo de la Espriella aseguró que la autonomía universitaria “no está por encima del orden público” y anunció reglas nacionales para determinar cuándo la Fuerza Pública podría ingresar a los campus. Juristas y autoridades académicas advierten que la intervención debe estar sustentada en circunstancias concretas y respetar los derechos fundamentales.


La frase del presidente Abelardo de la Espriella volvió a poner sobre la mesa una de las discusiones más sensibles del país: ¿hasta dónde llega la autonomía universitaria y en qué momento el Estado puede intervenir para garantizar el orden público?

El mandatario anunció la creación de un protocolo nacional de actuación que establecería las circunstancias en las cuales las autoridades podrían ingresar a las universidades cuando se presenten hechos de violencia, vandalismo, delitos, situaciones de flagrancia o alteraciones extraordinarias del orden público.

Durante una alocución, el jefe de Estado fue contundente al referirse a quienes incurran en conductas delictivas dentro de los campus universitarios.

“Voy a ir por ustedes, incluso entrando a las universidades para sacarlos y hacerlos pagar”.

Según explicó, su Gobierno impartió instrucciones para establecer un protocolo que permita diferenciar entre el ejercicio legítimo de la protesta social y aquellas actuaciones que puedan constituir delitos o representar un riesgo grave para la seguridad de las personas.

“Las universidades tienen autonomía y eso no está en discusión”, afirmó el presidente. Sin embargo, sostuvo que esa autonomía no puede interpretarse como una independencia absoluta frente a la Constitución, la ley y las autoridades encargadas de preservar el orden público.

¿Qué dice la Constitución sobre la autonomía universitaria?

El debate tiene como punto de partida el artículo 69 de la Constitución Política, que garantiza la autonomía universitaria y establece un régimen especial para las universidades estatales.

A su vez, la legislación educativa desarrolla esa autonomía y reconoce a las instituciones facultades relacionadas con su organización interna, sus autoridades, sus actividades académicas, sus estatutos y otros aspectos de su funcionamiento.

Pero existe una diferencia fundamental: autonomía universitaria no equivale a soberanía territorial.

Es decir, los campus no constituyen espacios ajenos al ordenamiento jurídico colombiano. La discusión está en determinar cuándo y bajo qué circunstancias puede intervenir la Fuerza Pública sin vulnerar la autonomía institucional ni los derechos de quienes ejercen legítimamente la protesta.

El punto clave: ¿cuándo puede ingresar la Policía?

Andrés Nieto, director del Observatorio de Seguridad de la Universidad Central, explicó que existe jurisprudencia constitucional relacionada con los límites de la autonomía universitaria y su relación con el bien común y el orden público.

Según Nieto, el ingreso de la Policía a una universidad no es automáticamente ilegal. La verdadera discusión está en establecer cuáles son las razones que justifican esa intervención y bajo qué condiciones debe realizarse.

El experto señaló tres circunstancias contempladas por la jurisprudencia que pueden justificar una intervención:

  1. La existencia de un peligro inminente para la vida o integridad de una o más personas.
  2. La comisión de un delito al interior de la universidad.
  3. La ocurrencia de una catástrofe natural que requiera la intervención de las autoridades.

El problema, explicó Nieto, está en que algunas de estas circunstancias requieren investigación, inteligencia, recopilación de información y elementos que permitan establecer la existencia de una situación que justifique el ingreso de la autoridad.

Por eso, una protesta social, por sí sola, no puede ser equiparada automáticamente con un delito.

¿Y qué papel tendría la Fuerza Pública?

De acuerdo con el planteamiento expuesto por Nieto, ante una situación que requiera intervención policial, esta debería responder a un objetivo concreto, una circunstancia específica y unos límites claramente determinados.

En ese escenario, no necesariamente se trataría de una intervención indiscriminada contra quienes participan en una manifestación.

El experto puso como ejemplo la protección jurídica que existe sobre una vivienda. Aunque una universidad tenga características particulares por su función educativa y su autonomía, el campus continúa siendo un inmueble sometido al ordenamiento jurídico.

La diferencia está en que el ingreso de la autoridad debe estar jurídicamente justificado, especialmente cuando no existe una situación evidente de flagrancia.

“El lío es que en el país no hay una línea clara sobre en qué punto la protesta social pasa a ser un delito o incitación a un delito”, advirtió Nieto.

Y precisamente allí podría estar el principal desafío del protocolo anunciado por el Gobierno: establecer una frontera suficientemente clara entre protesta legítima, alteración del orden público y conducta delictiva.

El rector de la Nacional pide inteligencia, no solo fuerza

El rector de la Universidad Nacional, José Ismael Peña, también se refirió al problema y puso en duda que simplemente autorizar el ingreso de las autoridades pueda resolver las situaciones de violencia que ocasionalmente se presentan en los campus.

Según Peña, uno de los mayores obstáculos consiste en que quienes protagonizan actos violentos pueden mezclarse con estudiantes, observadores y otras personas, aprovechando además las características físicas de las universidades.

“Es muy difícil porque tradicionalmente eso no tiene ningún efecto. Estos delincuentes se escudan en algunos estudiantes, en las personas que están mirando, en la manera como los campus están diseñados”, sostuvo.

Para el rector, la respuesta debería concentrarse especialmente en la inteligencia y la identificación previa de quienes participan en hechos delictivos.

La propuesta apunta a evitar que una intervención generalizada termine afectando a estudiantes que simplemente ejercen su derecho a protestar.

Autonomía no significa estar por fuera de la ley

A pesar de sus reparos, Peña coincidió en un punto fundamental: la autonomía universitaria no convierte a las universidades en territorios por fuera de la ley.

El rector recordó que, cuando dentro de una institución universitaria ocurre un hecho delictivo, la Policía puede intervenir en determinadas circunstancias sin que sea necesaria una autorización de las directivas académicas.

La discusión, por tanto, no parece estar centrada exclusivamente en si la Policía puede o no ingresar a una universidad, sino en algo mucho más delicado: qué hechos justifican esa intervención, quién los determina, qué procedimiento debe seguirse y cuáles son los límites para evitar abusos contra la protesta legítima.

Un protocolo que podría cambiar la relación entre universidades y Estado

El anuncio presidencial abre ahora un debate que involucra a estudiantes, rectores, profesores, organizaciones defensoras de derechos humanos, autoridades policiales y expertos constitucionalistas.

Un protocolo nacional podría aportar reglas más claras para situaciones de violencia extrema, pero también tendrá que responder preguntas sensibles:

¿Quién determinará cuándo existe una amenaza real?

¿Qué diferencia habrá entre una protesta violenta y un delito individual?

¿Qué autoridad decidirá el ingreso de la Fuerza Pública?

¿Qué controles existirán para evitar intervenciones desproporcionadas?

¿Cómo se protegerá a los estudiantes que no participan en actos violentos?

La respuesta a esas preguntas será determinante para establecer si la iniciativa termina siendo una herramienta para proteger la vida, la seguridad y el derecho a la protesta, o si genera nuevos conflictos entre el Gobierno y las comunidades universitarias.

Por ahora, una cosa parece clara: la discusión sobre la autonomía universitaria acaba de entrar nuevamente al centro del debate nacional.

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