Las presentaciones para declarar renta empiezan el 9 de agosto.
Las personas naturales deben conocer las bases o topes que la DIAN exige para cada año, ya que estas se van actualizando. Si se cumple una de ellas, se debe realizar la presentación de la declaración de renta.
La declaración se hace cada año, según los movimientos financieros del año inmediatamente anterior. La DIAN establece varios criterios de revisión como: ingresos, bienes, compras, consumos, consignaciones y transferencias.
Jairo Pineda, director del programa de Contaduría Pública de la Universidad El Bosque, indicó que la ayuda de un profesional de la Contaduría es necesaria, porque permite tener la certeza de su legalidad, capacidad y calidad en su elaboración y presentación.
El experto señaló que pagar el impuesto contribuye a financiar los programas sociales del Estado, como Familias en Acción, Adulto Mayor, educación gratuita de buena calidad, mejoramiento de la seguridad social.
“Los beneficios que obtiene la persona natural en declarar y pagar el impuesto de renta se ven en los beneficios sociales que percibe la persona que paga el impuesto”, aseguró Pineda.
Topes para el año 2023
•El patrimonio bruto al término del año gravable 2022 sea igual o superior a $171.018.000
•Los ingresos brutos del ejercicio gravable sean iguales o superiores a $53.206.000
•Los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $53.206.000
•El valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $53.206.000
•El valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $53.206.000.
Fecha y disminución del impuesto
La DIAN establece unas fechas límites para presentar su declaración de renta de acuerdo con sus últimos dos dígitos de identificación. Si el contribuyente no la presenta, se ve obligado a pagar una sanción llamada por extemporaneidad.
Para la vigencia 2023 (declaración 2022) las presentaciones comienzan el 9 de agosto, con personas con documentos de identidad que terminen en 01 y 02; y así sucesivamente hasta llegar a los dígitos 99 y 00, que finalizarán 19 de octubre.
En cuanto a las opciones para disminuir el impuesto a cargo, se debe analizar el tipo de renta de la persona natural. Por ejemplo, un empleado puede detraer del ingreso el valor de rentas exentas, especialmente la laboral, deducciones tales como dependientes económicos, aportes complementarios a planes de medicina prepagada, pagos de intereses de crédito de vivienda.
Para las rentas no laborales, la mejor opción para disminuir la carga tributaria es soportar por medio de facturas electrónicas todas las compras realizadas en el periodo y que se puedan imputar como costo o gasto.
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