La Corte Constitucional declara la inconstitucionalidad del Ministerio de la Igualdad

La Corte Constitucional de Colombia ha determinado este miércoles que la ley que creó el Ministerio de Igualdad y Equidad, actualmente liderado por la vicepresidenta, Francia Márquez, no se ajusta a la Constitución y debe ser eliminada del ordenamiento jurídico.

La Sala Plena del alto tribunal encontró que el Congreso incurrió en un "vicio de procedimiento insubsanable" al aprobar la Ley 2281 de 2023, al omitir analizar el impacto fiscal de la creación del Ministerio, lo cual violó la Ley 819 de 2023, que establece criterios de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal.

Según la ponencia de la magistrada Paola Meneses, esta omisión violó el artículo 151 de la Constitución, que establece que el cumplimiento de los requisitos para la aprobación de las leyes ordinarias previstos en las leyes orgánicas constituyen un parámetro de constitucionalidad y validez.

La Corte decidió diferir los efectos de la declaratoria de inexequibilidad, lo que significa que la sentencia tendrá efectos en el futuro, específicamente al término del período legislativo que va desde el 20 de julio de 2025 hasta la misma fecha de 2026.

A pesar de la decisión, la Corte reconoció la importancia de la implementación de políticas públicas para garantizar los derechos de sujetos de especial protección constitucional, por lo que calificó como "prudencial" el término de dos legislaturas para crear un Ministerio de Igualdad que cumpla con los requisitos constitucionales.

El Gobierno también tiene la opción de reasignar las funciones del Ministerio y realizar modificaciones en la administración pública nacional para evitar afectaciones a los derechos de los sujetos de especial protección constitucional.

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