Decisión judicial mantiene suspendido el plan piloto del Gobierno: FRENAN NUEVAMENTE LA FUMIGACIÓN AÉREA CON GLUFOSINATO EN PUTUMAYO

El Juzgado Segundo Administrativo de Mocoa amparó de manera transitoria derechos relacionados con la vida, la salud, el ambiente y la participación ciudadana. La suspensión continuará hasta que las autoridades acrediten el cumplimiento integral de los requisitos exigidos.


Mocoa, Putumayo.
La aspersión aérea de cultivos de uso ilícito con glufosinato de amonio en Putumayo continuará suspendida temporalmente, luego de que el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Mocoa ordenara a las autoridades abstenerse de iniciar o ejecutar el plan piloto promovido por el Gobierno nacional.

La decisión fue adoptada al resolver varias acciones de tutela y amparó, como mecanismo transitorio, derechos fundamentales relacionados con la vida, la salud, el debido proceso ambiental, la participación ciudadana, el acceso a la información pública ambiental, el agua y la integridad personal.

El despacho judicial consideró que no estaba suficientemente acreditado el cumplimiento integral de las condiciones constitucionales, ambientales, sanitarias y participativas necesarias para poner en marcha el piloto.

Dudas sobre sustitución y participación comunitaria

Uno de los principales argumentos expuestos en la decisión está relacionado con la compatibilidad del plan piloto con los acuerdos de sustitución voluntaria de cultivos ilícitos.

Según el fallo, tampoco quedó plenamente demostrada la participación efectiva de las comunidades potencialmente afectadas ni la identificación pública y verificable de todos los polígonos donde se desarrollaría la intervención.

La jueza también aplicó el principio de precaución, al considerar que persisten incertidumbres frente al cumplimiento de los requisitos ambientales, sanitarios y de participación exigidos por la jurisprudencia constitucional.

Otro de los aspectos señalados en la decisión es que el Instituto Nacional de Salud no había emitido un concepto técnico específico sobre el piloto objeto de la controversia. Además, el expediente contenía referencias a trámites y verificaciones ambientales que aún estaban en curso ante las autoridades competentes.

La suspensión no significa que el programa sea ilegal

La providencia hace una precisión fundamental: la medida adoptada por el juzgado tiene un carácter “estrictamente temporal y preventivo” y no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad, conveniencia o constitucionalidad de la política estatal de erradicación de cultivos ilícitos.

En consecuencia, el piloto podría avanzar si las autoridades acreditan el cumplimiento integral de las condiciones establecidas por el despacho judicial. Al mismo tiempo, los accionantes deberán promover la correspondiente acción popular, de acuerdo con lo ordenado en la providencia.

El expediente, además, deberá seguir el trámite correspondiente para una eventual revisión por parte de la Corte Constitucional, salvo que se presenten los recursos que correspondan dentro del proceso.

Segundo freno judicial al piloto

La decisión del Juzgado Segundo Administrativo de Mocoa constituye un nuevo obstáculo judicial para el plan de aspersión aérea con glufosinato en Putumayo.

Días antes, el Juzgado Tercero Promiscuo de Puerto Asís había ordenado una primera suspensión provisional del piloto, mientras se estudiaban las acciones judiciales relacionadas con la estrategia.

El Gobierno ha defendido el programa y ha sostenido que se trata de una fase experimental, controlada, limitada y evaluable, diseñada precisamente para generar evidencia científica sobre la eficacia y las condiciones de utilización del herbicida. La administración también ha cuestionado que las tutelas sean el mecanismo adecuado para detener una política relacionada con la erradicación de cultivos ilícitos.

De esta manera, el debate queda nuevamente en manos de los jueces: por un lado, la necesidad de que el Estado enfrente los cultivos de uso ilícito; y por otro, la obligación de demostrar que cualquier eventual aspersión aérea cumple las exigencias ambientales, sanitarias, constitucionales y de participación ciudadana.

Por ahora, las aeronaves no podrán iniciar el piloto en Putumayo. La suspensión continuará mientras se define si las autoridades logran acreditar las condiciones exigidas por la justicia.

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